Desde el inicio del confinamiento tengo anotado estás dos palabras para escribir sobre ellas porque en la aplicación de las normas cabe la flexibilidad o la rigidez.
Dicho principio puede darse en la redacción de la propia norma, aunque la flexibilidad en la redacción dejará más espacio a la interpretación de quién debe hacerla respetar: autoridad competente en forma de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado o bien los jueces o la administración en una instancia superior.
Dicha flexibilidad o rigidez se dará en cada una de esas personas que deben hacer respetar la norma e igualmente en la ciudadanía que debe cumplirlas.
En la cuestión de las normas de restricción de la movilidad nos encontramos con:
- una ciudadanía que, en general, le encanta no respetar la ley o interpretarla libremente a su favor y casi nunca a favor del bien común;
- una autoridad competente que, como generalmente se encuentra con una ciudadanía como la descrita anteriormente, aplica más rigidez que flexibilidad en la interpretación de la norma.
- En la cabeza, quienes dictan las normas suelen estar encerrados pensando que no tienen la mente abierta como para que sus ideas sean flexibles y contemplen todas las circunstancias.
Y...menos mal que rectificaron a tiempo.
Vuestros comentarios aquí en el blog. Muchas gracias.
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